Acuerdo en el Congreso para evitar por ley la discriminación de personas con VIH en los seguros
El Congreso de los Diputados ha apoyado por unanimidad la toma en consideración de una proposición no de ley del Parlamento de Navarra por la que se insta al Gobierno modificar de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios con el fin de declarar como nulas o no vinculantes las cláusulas, estipulaciones, condiciones o pactos, que excluyen a una de las partes por tener el VIH.
Del mismo modo, la iniciativa añade una disposición final a la norma por la que se pide al Ejecutivo que, en el plazo de un año, presente un proyecto de ley por el que determinará la aplicación de los principios de este texto a otras enfermedades sobre las que se aplican los mismos efectos excluyentes que al VIH en las relaciones jurídicas.
El texto, que llega a la Cámara Baja por tercera vez desde 2011, ha sido defendido por tres representantes del Parlamento navarro –el portavoz de UPN, Sergio Sayas; el de Geroa Bai, Koldo Martínez, y la socialista Nuria Medina–, que han coincidido en que el objetivo principal de esta iniciativa es “defender los derechos” de las personas que sufren o portan esta enfermedad y “evitar su discriminación”.
Mientras Sayas ha llamado a la “igualdad real” para toda la sociedad y ha mostrado su incredulidad porque este tipo de cláusulas existan “en este país” y “en el siglo XXI”, Martínez ha defendido el derecho de los pacientes a la intimidad y al acceso a seguros de vida o de enfermedad.
EL PP DUDA SOBRE LA AMPLIACIÓN A OTRAS ENFERMEDADES
Por su parte, Medina ha criticado la “falta de sensibilidad” del PP cuya mayoría absoluta impidió que esta iniciativa saliera adelante en 2014, la última vez que visitó el Congreso y mostró, durante su intervención, la esperanza de que el amplio abanico de fuerzas presentes actualmente en la Cámara Baja, permitieran su tramitación.
Sin embargo, los ‘populares’ han mostrado, finalmente, su apoyo al texto, aunque su portavoz en esta materia, María Eugenia Romero, ha mostrado sus dudas acerca del segundo punto. A su juicio, “elaborar una lista cerrada de enfermedades” puede tener los “mismo efectos excluyentes” que están viviendo actualmente los afectados por el VIH.
Así, ha apuntado que se estaba hipotecando la ley a futuros afectados que puedan venir después y que esta norma podría suponer su debate en el Congreso cada cierto tiempo por “ir en contra de un principio de discriminación que nunca debería recogerse en las cláusulas contractuales”.
CLAÚSULAS NULAS O NO VINVULANTES :
El texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, queda modificado de la siguiente manera:
Uno. Se añade una disposición adicional única, con el siguiente texto:
«Disposición adicional única. Nulidad e ineficacia de determinadas cláusulas.
1. Serán nulas y se considerarán no vinculantes aquellas cláusulas, estipulaciones, condiciones o pactos que excluyan a una de las partes por tener VIH/SIDA.
2. No tendrá tampoco validez y será nula la renuncia a lo estipulado en esta disposición por la parte que tenga VIH/SIDA.»
Dos. Se añade una nueva disposición final, con el siguiente texto:
«Disposición final cuarta. Ampliación a otras enfermedades.
El Gobierno de España, en el plazo de un año, presentará un Proyecto de Ley en el que determinará la aplicación de los principios de esta Ley a otras enfermedades respecto a las que pueda considerarse que se aplican los mismos efectos excluyentes en las relaciones jurídicas.»
Disposición final. Entrada en vigor.
Esta Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación a las cláusulas, estipulaciones, condiciones o pactos que se suscriban o que, ya suscritos, sean aplicables.
cve: BOCG-12-B-83-
Archivo adjunto
Fuente: Agencias